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ISI Advantage
Exclusiones

Los cargos para los siguientes servicios, tratamientos y/o condiciones quedan excluidos de la cobertura en el plan ISI Advantage.

  1. Sanciones económicas.
  2. Guerra; acción militar.
  3. Terrorismo.
  4. Condiciones preexistentes: los cargos que resulten directa o indirectamente de, o estén relacionados con cualquier condición preexistente (ya sea física o mental, independientemente de la causa de la condición) están excluidos de la cobertura de este seguro hasta que la persona asegurada haya mantenido cobertura con este plan de seguro de forma continua durante al menos doce (12) meses en el nivel Standard o por al menos seis (6) meses en el nivel Platinum.
  5. Atención a la maternidad y al recién nacido:
    1. Plan Standard — Quedan excluidos de este seguro todos los cargos por atención prenatal, parto, atención postnatal y atención de Recién Nacidos, incluidas las complicaciones del Embarazo, aborto espontáneo, complicaciones del parto y/o de Recién Nacidos, el Embarazo sea resultado de fecundación in vitro (FIV), inseminación artificial o la concepción haya sido resultado directo de Tratamiento de infertilidad recibido por la Persona Asegurada, el Cónyuge de la Persona Asegurada o el padre del Recién Nacido.
    2. Plan Platinum — Quedan excluidos de este seguro los gastos de atención prenatal, parto, atención postnatal y atención al Recién Nacido:
      1. cuando la concepción se haya producido antes de la Fecha Efectiva de Cobertura; y/o
      2. el Embarazo no es el resultado de una Inseminación Natural
      3. el Embarazo es resultado de fecundación in vitro (FIV), inseminación artificial o Tratamiento de infertilidad por la Persona Asegurada, Cónyuge de la Persona Asegurada o el padre del Recién Nacido
  6. Atención preventiva: los cargos por exámenes físicos de rutina y vacunas están excluidos de la cobertura de este seguro.
  7. Cargos por cualquier tratamiento o suministros que sean:
    1. no incurrido, obtenido o recibido por una persona asegurada durante el periodo de cobertura.
    2. no presentado a la compañía para el pago mediante una prueba completa de reclamo dentro de los ciento ochenta (180) días a partir de la fecha en que se incurra en dichos cargos.
    3. no administrado u ordenado por un médico.
    4. no es médicamente necesario para el diagnóstico, la atención o el tratamiento de la condición física o mental involucrada. Esto también se aplica cuando y si son recetados, recomendados o aprobados por el médico tratante.
    5. proporcionados sin costo para la persona asegurada o por los cuales la persona asegurada no es responsable de otra manera.
    6. por encima de lo normal, razonable y usual.
    7. relacionado con los cuidados paliativos.
    8. incurrido por una persona asegurada que era VIH + en o antes de la fecha de inicio de este seguro, ya sea que la persona asegurada tuviera o no conocimiento de su estado serológico antes de la fecha de inicio y que los cargos sean o no incurridos en relación con o como resultado de dicho estado. Esta exclusión incluye cargos por cualquier tratamiento o suministros relacionados o que surjan o resulten directa o indirectamente del VIH, virus del sida, enfermedades relacionadas con el sida, síndrome ARC, sida y/o cualquier otra enfermedad que surja o resulte de cualquier complicación o consecuencia de cualquiera de las condiciones anteriores.
    9. proporcionado por o bajo la dirección o recomendación de un quiropráctico, a menos que un médico lo ordene con anticipación.
    10. realizado o proporcionado por un familiar de la persona asegurada.
    11. no incluido expresamente en la disposición “Gastos médicos elegibles”.
    12. proporcionado por una persona que reside o ha residido con la persona asegurada o en el domicilio de la persona asegurada.
    13. requerido o recomendado como resultado de complicaciones o consecuencias que surjan o estén relacionadas con cualquier tratamiento, enfermedad, lesión o suministro excluido de la cobertura o que de otra manera no esté cubierto por este seguro.
    14. para los trastornos congénitos y las condiciones que surjan o resulten de los mismos.
  8. Cargos incurridos por no asistir a una cita programada.
  9. Las consultas de telemedicina a través de un sistema de protocolo de telemedicina establecido se considerarán individualmente según la necesidad médica y la pertinencia según lo determine la compañía de acuerdo al plan.
  10. Cargos incurridos por cirugías, tratamientos o suministros que sean con fines de investigación, experimentales o para realizar estudios.
  11. Cargos incurridos relacionados con medicina genética, pruebas genéticas, pruebas de vigilancia y/o procedimientos de detección preventiva para condiciones genéticamente predispuestas indicadas por medicina genética o pruebas genéticas, que incluyen, entre otros, amniocentesis, detección genética, evaluación de riesgos, cirugías preventivas y profilácticas recomendadas después de realizar pruebas genéticas y/o cualquier procedimiento utilizado para determinar la predisposición genética, proporcionar asesoramiento genético o administración de terapia génica.
  12. Cargos incurridos por pruebas que intentan medir aspectos de la capacidad mental, inteligencia, aptitud, personalidad y manejo del estrés de una persona asegurada. Estas pruebas pueden incluir, entre otras, pruebas psicométricas, conductuales y educativas.
  13. Cargos incurridos por cuidado asistencial.
  14. Cargos incurridos por atención educativa o de rehabilitación que se relacionen específicamente con la capacitación o reentrenamiento de una persona asegurada para que funcione de manera normal o casi normal. Dicha atención puede incluir, entre otros, capacitación laboral o vocacional, asesoramiento, terapia ocupacional y terapia del habla.
  15. Cargos por modificación de peso o cualquier tratamiento de la obesidad para pacientes hospitalizados, ambulatorios, quirúrgicos u otros (incluida, entre otros, la obesidad mórbida), incluido, entre otros, alambrado de los dientes y todas las formas o procedimientos de cirugía bariátrica por cualquier nombre que se le llame, o su reversión, incluidos, entre otros, bypass intestinal, bypass gástrico, banda gástrica, gastroplastia vertical con banda, derivación biliopancreática, cruce duodenal o reducción o grapado estomacal.
  16. Cargos por modificación del cuerpo físico con el fin de cambiar o mejorar o intentar cambiar o mejorar la apariencia física o el bienestar psicológico, mental o emocional de la persona asegurada (como, entre otros, cirugía de cambio de sexo o cirugía relacionada con el desempeño sexual o la mejora del mismo).
  17. Cargos o tratamiento por razones cosméticas o estéticas, excepto por cirugía reconstructiva cuando dicha cirugía es médicamente necesaria y está directamente relacionada con y le sigue a una cirugía cubierta por este seguro.
  18. Cirugía o tratamiento electivos de cualquier tipo.
  19. Cargos incurridos por cualquier tratamiento o suministro que promueva o prevenga o intente promover o prevenir la concepción, la inseminación (natural o de otro tipo) o el nacimiento, incluyendo pero no limitado a: inseminación artificial, anticonceptivos orales, tratamiento para la infertilidad o la impotencia, vasectomía, reversión de la vasectomía, esterilización, reversión de la esterilización, subrogación o aborto.
  20. Cargos incurridos por cualquier tratamiento o suministro que promueva, mejore o corrija o intente promover, mejorar o corregir la impotencia o disfunción sexual.
  21. Cualquier lesión o enfermedad sufrida mientras se participa, practica o entrena en: atletismo aficionado, actividades atléticas a nivel profesional, o actividades deportivas que estén patrocinadas por cualquier organismo o autoridad directivos, incluyendo la Asociación Nacional de Atletismo Colegiado (National Collegiate Athletic Association), cualquier otro organismo colegiado regulador o directivo o el Comité Olímpico Internacional.
  22. Cualquier enfermedad o lesión sufrida mientras se participa en actividades designadas como deportes de aventura, que se limitan a lo siguiente: descenso en rapel, bicicrós (BMX), carreras en trineo, puenting, descenso de barrancos, espeleísmo, viaje en globo aerostático, tirolesa en la selva, paracaidismo, parapente, paravelismo, descenso con cuerdas, caída libre, espeleología, kayak o descenso de rápidos con dificultad menor que la de clase V, parque safari y surf con vela.
  23. Cualquier Enfermedad o Lesión sufrida durante la participación en actividades designadas como Deportes Extremos, que incluyen pero no se limitan en modo alguno a las siguientes (e incluyen cualquier combinación o derivado de las siguientes): Salto BASE; caza mayor; buceo en cuevas; clavados en acantilados; descenso en bicicleta de montaña y carreras; esquí extremo; apnea; vuelo libre; carrera libre; esquí libre; patinaje de estilo libre; vuelo sin motor; heliesquí; canotaje sobre hielo; escalada en hielo; kitesurf; artes marciales mixtas; motocross; carreras de motocicletas; rally automovilístico; alpinismo por encima de una altitud de 4500 metros desde el nivel del suelo; parkour; pilotaje de aeronaves comerciales o no comerciales; powerbocking; buceo o actividades subacuáticas por debajo de una profundidad de 40 metros; carreras de motos de nieve; carreras de camiones; canotaje en aguas bravas o rafting en aguas bravas de clase VI y dificultad superior; y vuelo con traje de alas.
  24. Cualquier lesión o enfermedad incurrida al participar en esquí sobre nieve, surf de nieve o esquí con moto de nieve si la persona asegurada infringe las leyes, reglas o regulaciones correspondientes de un centro de esquí, que incurran estando fuera de los límites o en áreas no marcadas o sin vigilancia.
  25. Cualquier lesión o enfermedad incurrida al participar en esquí de travesía.
  26. Cualquier lesión o enfermedad incurrida al participar en esquí fuera de pista.
  27. Cualquier lesión o enfermedad incurrida al participar en actividades atléticas o recreativas donde la persona asegurada no es apta físicamente o médicamente o no cuenta con las aptitudes necesarias para participar en dichas actividades.
  28. Cualquier lesión o enfermedad incurrida al participar en deportes de colisión.
  29. Cualquier lesión o enfermedad incurrida durante la participación en cualquier actividad deportiva, recreativa o de aventura cuando esta se realiza en contra de la advertencia o dirección de cualquier autoridad local o instructor calificado o en contra de las reglas, recomendaciones y procedimientos de un organismo directivo reconocido para dicho deporte o actividad.
  30. Cualquier enfermedad o lesión sufrida durante la participación en cualquier actividad que se realice sin tener en cuenta o en contra de las recomendaciones, los programas de tratamiento o el consejo médico de un doctor u otro proveedor de atención médica.
  31. Las lesiones y/o enfermedades que resulten o surjan por encontrarse bajo la influencia total o parcial de alcohol, licor, sustancias tóxicas, narcóticos o drogas diferentes a las tomadas conforme al tratamiento prescrito y monitoreado por un médico pero no para el tratamiento del abuso de sustancias.
  32. Cualquier lesión o enfermedad sufrida durante la conducción de un vehículo en movimiento después del consumo de bebidas alcohólicas o drogas intoxicantes que excedan el límite legal aplicable de alcohol en la sangre, que no sean drogas tomadas de acuerdo con el tratamiento recetado e indicado por un médico. Para los fines de esta exclusión, "vehículo" incluirá dispositivos motorizados independientemente de si se requiere o no una licencia de conductor u operador (incluidas embarcaciones y aeronaves) y bicicletas y scooters no motorizados para los que no se requiere permiso o licencia.
  33. Lesiones o enfermedades intencionalmente autoinfligidas.
  34. Cualquier enfermedad venérea o de transmisión sexual.
  35. Cualquier prueba que no sea médicamente necesaria para: VIH, seropositividad del virus del sida, enfermedades relacionadas con el sida, síndrome de CRS, sida.
  36. Lesiones y/o enfermedades provocadas o que surjan u ocurran durante la comisión de una violación de la ley por parte de la persona asegurada, incluyendo sin limitación, la participación en una ocupación o acto ilegal, pero excluyendo infracciones de tránsito menores.
  37. Biorretroalimentación, acupuntura, terapia musical, ocupacional, recreativa, del sueño, del habla o vocacional.
  38. Ortóptica, terapia visual o entrenamiento visual del ojo.
  39. Cualquier enfermedad o tratamiento no quirúrgico de los pies, incluyendo, sin limitación: zapatos ortopédicos, aparatos ortopédicos prescritos para sujetarlos o colocarlos en los zapatos; tratamiento para los pies débiles, tensos, planos, inestables o desequilibrados, metatarsalgia, espolón óseo, dedos en martillo o juanetes; y cualquier tratamiento o suministros para callos, callosidades o uñas del pie; salvo que se establezca expresamente lo contrario.
  40. Pérdida de cabello, incluidas, entre otras, pelucas, trasplantes de cabello o cualquier medicamento que prometa promover el crecimiento del cabello, ya sea recetado o no por un médico.
  41. Cualquier desorden de sueño, incluyendo pero no limitado a la apnea del sueño.
  42. Cualquier programa o aparato de ejercicio y/o acondicionamiento físico, ya sea prescrito o recomendado por un médico o no.
  43. Cualquier exposición a cualquier radiación nuclear o atómica no médica y/o material(es) radiactivo(s).
  44. Cualquier órgano o tejido u otro trasplante o servicios, tratamientos o suministros relacionados.
  45. Cualquier dispositivo artificial o mecánico diseñado para reemplazar órganos humanos de manera temporal o permanente después de que el paciente deja de estar hospitalizado.
  46. Cualquier esfuerzo para mantener vivo a un donante para un procedimiento de trasplante.
  47. Cualquier enfermedad o lesión incurrida en el país de destino, área afectada o país de residencia como resultado de una emergencia de salud pública de importancia internacional, epidemia, pandemia, otro brote de enfermedad o desastre natural, que pueda afectar la salud de la persona asegurada, a menos que la cobertura se proporcione expresamente en virtud de la disposición de “Emergencia de salud pública” de este seguro. Esta exclusión NO se aplica a los cargos resultantes de COVID-19/SARS-CoV-2.
  48. Cargos incurridos por anteojos, lentes de contacto, aparatos o implantes auditivos o cargos por cualquier tratamiento, suministro, exámenes o colocación de cualquiera de estos aparatos, o por refracción ocular por cualquier motivo.
  49. Cargos incurridos por cirugía ocular, como, entre otros, queratotomía radial, cuando el propósito principal es corregir o intentar corregir la miopía, hipermetropía o astigmatismo.
  50. Cargos incurridos por tratamiento o suministros para la articulación temporomandibular incluyendo, pero no limitado al síndrome de la articulación temporomandibular, síndrome craneomandibular, dolor crónico de la articulación temporomandibular, cirugía ortognática, cirugía de Le-Fort o férulas.
  51. Cargos incurridos en el país de residencia de la persona asegurada, salvo que se disponga expresamente lo contrario en este seguro.
  52. Los cargos incurridos por cualquier viaje, comidas, transporte y/o alojamiento, a menos que esté expresamente cubierto en este seguro.
  53. Cargos o gastos incurridos por medicamentos sin receta, medicinas, vitaminas, extractos alimenticios o suplementos nutricionales; vitaminas intravenosas o terapia herbal; fármacos o medicamentos no aprobados por la Administración de Medicamentos y Alimentos (FDA, por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos o el uso de medicamentos que se consideran no aprobados para otros usos, y para fármacos o medicamentos no prescritos por un médico.
  54. Cualquier tratamiento para una enfermedad o lesión que requiera un producto médico, servicios, cirugía, procedimiento quirúrgico, medicamento recetado, fármaco, producto biológico, equipo médico duradero (DME, por sus siglas en inglés) o dispositivo no aprobado por la Administración de Alimentos y Medicamentos de los EE. UU. (FDA, por sus siglas en inglés) cuando una autorización de uso de emergencia (EUA, por sus siglas en inglés) entra en vigor y fue emitida por la Administración de Alimentos y Medicamentos de los EE. UU.
  55. Cargos y todos los costos relacionados con o que surjan de o en conexión con todos los viajes al país de destino realizados con el propósito de obtener tratamiento o suministros médicos.
  56. Cargos incurridos por tratamiento dental, excepto según lo previsto específicamente en el presente.
  57. Desgaste y ruptura de los dientes causados por caries y masticar o morder objetos duros, tales como, pero no limitados a lápices, cubos de hielo, nueces, palomitas de maíz y caramelos macizos.
  58. Lesiones dentales sin una lesión asociada al rostro, cráneo, cuello y/o mandíbula o que se puedan evaluar y tratar en un consultorio dental.
  59. Tratamiento dental para servicios que proveen mantenimiento del cuidado bucal, incluyendo reparación de empastes dentales, endodoncias, extracciones dentales y rayos X.
  60. Cargos por el tratamiento de una enfermedad o lesión para la cual el pago se realice o pueda realizarse mediante una ley de compensación al trabajador u otra ley similar.
  61. Cargos incurridos por terapia de masaje.
  62. Cargos incurridos en un hospital o centro cuando la persona asegurada abandona el hospital en contra de la recomendación médica de su doctor y se va antes de alcanzar un punto final especificado y médicamente necesario del tratamiento.
  63. Cargos incurridos por el empeoramiento de una enfermedad o lesión después de que la persona asegurada abandonó un hospital o centro en contra de una recomendación médica o fue dada de alta en contra de una recomendación médica.
  64. Cargos incurridos por honorarios legales de responsabilidad civil o gastos de bolsillo asociados y/o relacionados con la determinación y/o liquidación de una responsabilidad legal.
  65. Muerte accidental o desmembramiento cuando la muerte o desmembramiento de la persona asegurada es causada directa o indirectamente por, resulta de, o donde hay una contribución de cualquiera de los siguientes:
    1. debilidad física o mental, enfermedad o dolencia.
    2. infección, que no sea una infección que ocurra simultáneamente con la lesión accidental y como resultado directo de ella.
  66. Los gastos y comisiones bancarias en que incurra el Asegurado.

Importante: este es un resumen de las exclusiones del plan. Para obtener una lista más completa de las exclusiones, consulta los certificados del plan. (Standard | Platinum)


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