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Exclusiones

A menos que se mencione expresamente aquí, y además de todos los términos, cláusulas, condiciones, restricciones y exclusiones aquí contenidos, todos los siguientes reclamos, cargos, gastos, reembolsos y/o circunstancias están expresamente excluidos de la cobertura de este seguro y los aseguradores no tendrán ninguna responsabilidad u obligación por cualquier cobertura del mismo. (Todas las siguientes exclusiones pueden aplicarse a cualquier reclamo expresado en el presente; los encabezados de las categorías se proporcionan solo para fines de referencia.)

  1. Guerra y terrorismo
    1. Que resulten directa o indirectamente, de manera inmediata o remota ocasionada por, contribuida por, rastreable o que surja en relación con lo siguiente:
      1. La planificación, coordinación o participación activa y voluntaria de la persona asegurada en cualquier acto de terrorismo.
      2. Cualquier acto de terrorismo que suceda en un lugar, puesto, área, territorio o país para el cual se emitió o entró en vigor una advertencia de viaje o un aviso de viaje de emergencia relacionado con un acto de terrorismo real o potencial dentro de los ciento ochenta (180) días antes de la llegada del asegurado a dicho lugar, puesto, área, territorio o país.
      3. Cualquier acto de terrorismo que suceda en un lugar, puesto, área, territorio o país para el cual una advertencia de viaje o aviso de viaje de emergencia relacionada con un acto de terrorismo real o potencial entre en vigor o esté en vigencia a partir de o después de la llegada de la persona asegurada a dicha ubicación, puesto, área, territorio o país, y la persona asegurada hace caso omiso o se niega a prestar atención a dicha advertencia dentro de un tiempo razonable, basado en la disponibilidad de transporte apropiado, y en ningún caso más de quince (15) días (a menos que los aseguradores lo aprueben con anticipación) y, a partir de ese momento, permanece en dicho lugar, puesto, área, territorio o país.
    2. Que resulten directa o indirectamente, de manera inmediata o remota ocasionada por, contribuida por, rastreable o que surja en relación con lo siguiente:
      1. Guerra, invasión, acto de hostilidades enemigas extranjeras, operaciones bélicas (se declare la guerra o no) o guerra civil.
      2. Motín, disturbio, huelga, levantamiento militar o popular, insurrección, rebelión, revolución, poder militar o usurpado.
      3. Cualquier acto de cualquier persona que actúe a nombre de o en conexión con cualquier organización con actividades dirigidas al derrocamiento por la fuerza del gobierno de jure o de facto o a la influencia del mismo con violencia de cualquier naturaleza.
      4. Ley marcial o estado de sitio o cualquier evento o causa que determine la proclamación o mantenimiento de la ley marcial o el estado de sitio.
      5. Cualquier uso de armas radiológicas, químicas, nucleares o biológicas o cualquier otro evento de cualquier tipo (incluso en relación con un acto de terrorismo) que sea radiológico, químico, nuclear o biológico.
      6. Guerra, ya sea declarada o no, entre cualquiera de los siguientes países: China, Francia, Reino Unido, Federación de Rusia y Estados Unidos.
      7. Guerra en Europa, ya sea declarada o no, en la que esté involucrado cualquiera de los países indicados en el punto anterior (f) o cualquiera de sus fuerzas armadas.
      8. Que surjan durante la existencia de condiciones anormales (ya sean físicas o de otro tipo), ya sea directa o indirectamente, de manera inmediata o remota ocasionada por, o contribuidas por, rastreables o que surjan en relación con cualquiera de los sucesos establecidos en esta disposición, se considerarán y se declararán las consecuencias por las cuales los aseguradores no serán responsables en virtud de este seguro, excepto en la medida en que la persona asegurada demuestre que dicho reclamo ocurrió independientemente de la existencia de tales condiciones y/o sucesos anormales.
  2. Condición(es) preexistente(s)
    1. Que resulten de o se relacionen, directa o indirectamente, con cualquier condición preexistente, excepto según lo dispuesto expresamente en la PARTE IV, B., “Condición(es) preexistente(s)” o C., “Inicio agudo de condición(es) preexistente(s)”, de este seguro.
    2. Cargos resultantes de cualquier condición preexistente o inicio agudo de condición preexistente mientras la persona asegurada se encuentra en su país de origen.
  3. Exclusiones generales
    1. Si la prueba del reclamo no se proporciona dentro del plazo especificado en la PARTE X - CONDICIONES GENERALES Y CONDICIONES PRECEDENTES, D. Prueba del reclamo.
    2. Reclamos de cualquier naturaleza que expongan al asegurador y/o al administrador del plan a cualquier sanción, prohibición o restricción bajo las resoluciones de las Naciones Unidas o las sanciones comerciales o económicas, leyes o regulaciones de la Unión Europea, Reino Unido o Estados Unidos.
    3. Cargos incurridos más de treinta (30) días después de la fecha de aparición de la enfermedad o la fecha de la lesión, a menos que se incurra en servicios cubiertos para el tratamiento de la enfermedad o lesión dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de aparición de la enfermedad o la fecha de la lesión.
    4. Cargos incurridos antes de la fecha de inicio del certificado o después de la fecha de término del certificado, a menos que se disponga expresamente en las disposiciones de este seguro.
    5. Para el tratamiento de cualquier enfermedad o lesión cuando el propósito de viajar al país anfitrión era obtener tratamiento.
    6. Por los servicios prestados o suministros proporcionados por un familiar del asegurado o cualquier persona que habitualmente resida con el asegurado.
    7. Por servicios o suministros proporcionados sin costo para la persona asegurada y/o por los cuales la persona asegurada no es responsable de otro modo.
    8. Cargos por gastos para los cuales la persona asegurada no obtuvo la aprobación previa de los aseguradores de acuerdo con las disposiciones de este seguro.
    9. Para servicios no organizados por el administrador del plan cuando así lo requieran las disposiciones de este seguro.
    10. Lesión y enfermedad sufridas bajo la influencia de, o debido total o parcialmente a los efectos del alcohol, licor, sustancias intoxicantes, narcóticos o drogas, que no sean medicamentos prescritos por un médico y tomados de acuerdo con las instrucciones del médico, pero sin incluir medicamentos prescritos para el tratamiento del abuso de sustancias. Esta exclusión no se aplica al tratamiento de trastornos de salud mental, incluido el abuso de sustancias, ni a los gastos de transporte elegibles.
    11. Para el tratamiento de una enfermedad o lesión por la cual el pago se realiza o está disponible a través de una ley de compensación para trabajadores o una ley similar.
    12. Cargos que excedan el cargo normal, razonable y usual por el suministro del servicio proporcionado.
    13. Por exposición a cualquier radiación nuclear o atómica no médica y/o material(es) radiactivo(s).
    14. Cualquier cirugía electiva o procedimiento de diagnóstico.
    15. Tratamiento en la sala de emergencias por una condición que no es de emergencia.
    16. Medicamentos especializados.
    17. Servicios y suministros que no son ordenados ni administrados por un médico.
    18. Servicios y suministros que no se indiquen expresamente como cubiertos en el presente.
    19. Gastos incurridos por un asegurado si este sale de un hospital u otro centro médico en contra de la indicación médica o sin el conocimiento del médico, o si abandona el tratamiento antes de alcanzar un punto médicamente necesario para su finalización. Esta exclusión aplica a todos los cargos incurridos mientras se encuentre en la Sala de Emergencias o como paciente hospitalizado, así como a todos los cargos relacionados con la atención para la continuación de la(s) condición(es) posterior a la salida.
  4. Exclusiones enfocadas al diagnóstico
    1. Relacionado de alguna manera con defectos de nacimiento, condiciones hereditarias y trastornos congénitos, incluidas las condiciones que surjan o resulten de los mismos.
    2. Para cualquier servicio, suministro, medicamento, tratamiento o procedimiento que diagnostique, promueva o impida la concepción, inseminación o nacimiento, incluidos, entre otros, inseminación artificial, anticonceptivos, tratamiento para la infertilidad o impotencia, vasectomía o reversión de la vasectomía, esterilización o reversión de esterilización o gestación subrogada.
    3. Abortos, excepto para salvar la vida de la madre e interrupción terapéutica del embarazo.
    4. Para el diagnóstico y/o tratamiento de infecciones cutáneas fúngicas, virales o bacterianas, o afecciones inflamatorias de la piel. Estas incluyen, pero no se limitan a, dermatitis, acné, rosácea, urticaria, sarpullido, eczema, psoriasis, foliculitis, lunares, verrugas, etiquetas de piel, herpes (incluyendo, sin limitación, HSV-1 y HSV-2), carbúnculo, furúnculo, enfermedades de las glándulas sebáceas, seborrea y afecciones hipertróficas y atróficas de la piel.
    5. Para atención no quirúrgica, diagnóstico y/o tratamiento o suministros para los pies, incluidos, entre otros, calzado ortopédico, dispositivos ortopédicos recetados que deben fijarse o colocarse en el calzado, tratamiento para los pies débiles, tensos, planos, inestables o desequilibrados, metatarsalgia, espolón óseo, dedos en martillo o juanetes, callos, callosidades o uñas de los pies.
    6. Por muerte accidental y/o desmembramiento accidental resultante de o relacionado a, directa o indirectamente, o cuando contribuya cualquiera de los siguientes factores: (a) dolencia, enfermedad o padecimiento físico o mental; o (b) infección, que no sea una infección que ocurra simultáneamente con y como resultado directo de la lesión accidental.
    7. Para modificación de peso o cualquier procedimiento hospitalario, ambulatorio, quirúrgico u otro tratamiento de la obesidad (incluida, entre otros, la obesidad mórbida), que incluyen, entre otros, pruebas y procedimientos de diagnóstico, alambrado de los dientes, todas las formas o procedimientos de cirugía bariátrica, por cualquier nombre que se le llame, o reversión de los mismos, incluyendo, entre otros, bypass intestinal, bypass gástrico, banda gástrica, gastroplastia vertical con banda, derivación biliopancreática, cruce duodenal o reducción o grapado estomacal.
    8. Para modificaciones del cuerpo físico con el fin de cambiar o mejorar o intentar cambiar o mejorar el bienestar psicológico, mental o emocional de la persona asegurada, incluyendo sin limitación, cirugía de cambio de sexo y cirugía relacionada con el desempeño sexual o mejora del mismo.
    9. Para anteojos, lentes de contacto, aparatos o implantes auditivos y para cualquier prueba o procedimiento de diagnóstico, tratamiento, servicio o suministro, o examen o ajuste relacionado con estos dispositivos o para refracción ocular por cualquier motivo.
    10. Para ortóptica, entrenamiento visual y cirugía ocular, como la queratotomía radial, cuando el propósito principal es corregir la miopía, la hipermetropía y el astigmatismo.
    11. Para el diagnóstico y/o tratamiento de la articulación temporomandibular (ATM), incluidos, entre otros, síndrome de ATM, síndrome craneomandibular, dolor crónico de la ATM, cirugía ortognática, cirugía Le-Fort o férula.
    12. Para el diagnóstico y/o tratamiento de enfermedades venéreas, incluidas todas las enfermedades y condiciones de transmisión sexual.
    13. Para exámenes físicos rutinarios y tratamientos, incluyendo, sin limitación, vacunas, inmunizaciones, chequeos anuales, la emisión de certificados médicos y constancias, y exámenes de aptitud para el empleo o viaje. Esta exclusión no aplica a la atención rutinaria brindada a recién nacidos, ni a las vacunas cubiertas por los planes indicados en la tabla de beneficios y límites.
    14. En el caso de que un asegurado tuviera VIH+ a la fecha efectiva de inicio del certificado, independientemente de si el asegurado tenía conocimiento de su estado serológico de VIH antes de la fecha de inicio del certificado, y que haya incurrido en gastos relacionados con, derivados de, o como resultado directo o indirecto del VIH, el virus del SIDA, enfermedades relacionadas con el SIDA, Síndrome de ARC, SIDA y/o cualquier otra enfermedad derivada o como resultado de cualquier complicación o consecuencia de cualquiera de los anteriores.
    15. Pruebas para la seropositividad del VIH, el virus del SIDA, enfermedades relacionadas con el SIDA, síndrome de ARC y/o SIDA.
    16. Para pruebas de diagnóstico y/o procedimientos, tratamientos, servicios o suministros que no son médicamente necesarios, ya sean administrados o no por un médico o bajo su supervisión, y productos que se pueden comprar sin una receta médica.
    17. Para cirugías, tratamientos, servicios o suministros por razones cosméticas o estéticas, excepto para cirugía reconstructiva cuando dicha cirugía sea médicamente necesaria y esté directamente relacionada y/o sea posterior a una cirugía que se cubrió por el presente seguro.
    18. Para el diagnóstico y/o tratamiento de cualquier trastorno del sueño, incluidos, entre otros, la apnea del sueño y el insomnio.
    19. Tratamiento requerido como resultado de complicaciones o consecuencias de un tratamiento o una condición no cubierta por el plan.
    20. Quedan excluidos todos los cargos resultantes o relacionados, directa o indirectamente, con el embarazo, incluyendo de manera enunciativa mas no limitativa, control prenatal, parto, cuidado postnatal, cuidado de recién nacidos, complicaciones del embarazo, aborto espontáneo, complicaciones del parto y/o complicaciones relacionadas con los recién nacidos para las personas aseguradas en los planes indicados en la tabla de beneficios y límites.
    21. Para las personas aseguradas en los niveles Economy Plus, Business Class y First Class, quedan excluidos todos los cargos resultantes o relacionados, directa o indirectamente, con el embarazo. Esto incluye, sin limitación, la atención prenatal, el parto, la atención postnatal, el cuidado de los recién nacidos, las complicaciones del embarazo, el aborto espontáneo, las complicaciones del parto y/o las complicaciones relacionadas con los recién nacidos, a menos que la concepción ocurra durante el periodo de cobertura del certificado.
    22. Todos los cargos relacionados con los cuidados de recién nacidos están excluidos a menos que el parto del recién nacido esté cubierto por este plan.
    23. Procedimientos quirúrgicos electivos y pruebas y procedimientos de diagnóstico relacionados.
  5. Exclusiones enfocadas al proveedor
    1. Para la conservación criogénica y la implantación o reimplantación de células vivas.
    2. Para o en relación con órganos o tejidos u otros trasplantes y/o servicios y suministros relacionados.
    3. Para cualquier esfuerzo por mantener vivo a un donante para un procedimiento de trasplante.
    4. Por consultas telefónicas, excepto consultas de medicina virtual a través de un sistema de protocolo de telemedicina aprobado, o por no asistir a una cita programada.
    5. Para cirugías, tratamientos, servicios o suministros que sean con fines de estudio, investigación o experimentales.
    6. Cargos incurridos mientras el asegurado estuvo confinado principalmente para recibir cuidado asistencial.
    7. Para atención educativa o de rehabilitación que se relacione específicamente con la capacitación o reentrenamiento de un asegurado para que funcione de manera normal o casi normal. Dicha atención puede incluir, entre otros, capacitación laboral o vocacional, consejería, terapia ocupacional y terapia del habla.
    8. Para terapia del habla, vocacional, ocupacional, biorretroalimentación, acupuntura, terapia recreativa, del sueño o musicoterapia, cuidados holísticos de cualquier naturaleza, masajes y kinesiterapia.
    9. Para servicios, suministros o tratamiento para la caída del cabello, incluidos, entre otros, pelucas, trasplantes de cabello o cualquier medicamento que prometa promover el crecimiento del cabello, ya sea recetado o no por un médico.
    10. Para programas o equipos de ejercicio y/o acondicionamiento físico, independientemente de que los haya o no recetado o recomendado un médico.
    11. Para cuidados paliativos.
    12. Para o relacionados con medicina genética, pruebas genéticas, pruebas de vigilancia y/o procedimientos de cuidados preventivos o de rutina para condiciones genéticamente predispuestas indicadas por medicina genética o pruebas genéticas, que incluyen, entre otras, amniocentesis, detección genética, evaluación de riesgos, cirugías preventivas y profilácticas recomendadas por pruebas genéticas y/o cualquier procedimiento utilizado para determinar la predisposición genética, proporcionar asesoría genética o administración de terapia génica.
    13. Para pruebas que intentan medir aspectos de la capacidad mental, inteligencia, aptitud, personalidad y manejo del estrés de un asegurado. Dichas pruebas pueden incluir, entre otras, pruebas psicométricas, conductuales y educativas.
    14. Para cualquier dispositivo artificial o mecánico diseñado para reemplazar órganos humanos temporal o permanentemente después de que el paciente deja de estar hospitalizado.
    15. Para medicamentos de venta libre, fármacos, vitaminas, extractos de alimentos o suplementos nutricionales; terapia intravenosa de vitaminas o hierbas, fármacos o medicamentos no aprobados por la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos o el uso de medicamentos que se consideran no aprobados para otros usos, y para fármacos o medicamentos no recetados por un médico.
    16. Tratamiento en la sala de emergencias de una condición que no es de emergencia.
    17. Medicamentos especializados.
  6. Exclusiones geográficas
    1. Derivado o relacionado, directa o indirectamente, con epidemias, pandemias, emergencias de salud pública, desastres naturales u otras condiciones de brote de enfermedades que puedan afectar la salud de una persona, sufridas y/o incurridas en una ubicación, puesto, área, territorio o país para el cual se emitió una advertencia nivel 4 (no viajar) del Departamento de Estado de EE. UU. y fue emitida o entró en vigencia dentro de los treinta (30) días anteriores a la llegada del asegurado a dicha ubicación, puesto, área, territorio o país. Esta exclusión no se aplica a los reclamos derivados de Covid 19 (incluidas las mutaciones virales) si la persona asegurada tiene la vacunación completa según las recomendaciones actuales de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) de EE. UU. antes de su llegada a dicha ubicación, puesto, área, territorio o país.
    2. Como resultado de o relacionado directa o indirectamente con epidemias, pandemias, emergencias de salud pública, desastres naturales u otras condiciones de brote de enfermedades que puedan afectar la salud de una persona cuando, a partir de o después de la llegada del asegurado al lugar afectado, el Departamento de Estado de EE. UU. emitió una advertencia nivel 4 (no viajar), y el asegurado hace caso omiso o se niega a prestar atención a dicha advertencia dentro de un tiempo razonable, según la disponibilidad de transporte apropiado, y en ningún caso más de quince (15) días (a menos que los aseguradores lo aprueben con anticipación) y, a partir de entonces, permanece en la ubicación afectada. Esta exclusión no se aplica a los reclamos derivados de Covid 19 (incluidas las mutaciones virales) si la persona asegurada tiene la vacunación completa según las recomendaciones actuales de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) de EE. UU. antes de su llegada a dicha ubicación, puesto, área, territorio o país.
    3. En circunstancias, como se describe en los puntos 1. y 2. anteriores, donde los aseguradores brindan cobertura para reclamos que resulten de Covid 19, dicha cobertura terminará en la próxima fecha de término natural para la persona asegurada y no se concederá ninguna extensión de cobertura más allá de la próxima fecha de término natural para la persona asegurada.
    4. A pesar de los puntos 1., 2. y 3. anteriores, los aseguradores pueden, a su entera discreción y con un aviso por escrito con no menos de 15 días de anticipación dirigido a la organización participante y a la persona asegurada, requerir que la persona asegurada salga de la ubicación con una advertencia nivel 4 (no viajar) del Departamento de Estado de EE. UU. en caso de que el asegurador determine que, como resultado de la epidemia, pandemia, emergencia de salud pública, desastre natural u otras condiciones de brotes de enfermedades, las instalaciones médicas disponibles para las personas aseguradas ya no pueden proporcionar servicios y suministros médicos de rutina para sus pacientes.
    5. Cargos incurridos en el país de residencia de la persona asegurada, excepto los gastos médicos elegibles incurridos durante un viaje incidental al país de origen o un periodo de beneficio cubierto.
  7. Exclusiones enfocadas a actividades
    1. Como resultado de o durante la comisión de una infracción de la ley por parte del asegurado, que incluye, entre otros, la participación en una actividad o acto ilegal, pero excluyendo infracciones menores de tránsito.
    2. Como resultado o relacionado, directa o indirectamente, de que un asegurado opere cualquier vehículo motorizado sin tener una licencia válida de operador de vehículo motorizado, excepto mientras participa en un programa de educación para conductores.
    3. Como resultado o relacionado, directa o indirectamente, con que el asegurado ingrese o descienda, opere o viaje como pasajero de un vehículo terrestre motorizado, que no esté diseñado principalmente para y con licencia para (si la licencia es requerida por las autoridades locales) su uso en vías públicas y carreteras.
    4. Como resultado o relacionado, directa o indirectamente, con que el asegurado ingrese o salga de, opere o viaje como pasajero en cualquier embarcación acuática o sumergible no diseñada principalmente para y con licencia para (si la licencia es requerida por las autoridades locales) su uso en vías navegables públicas.
    5. Que resulten de o estén relacionados, directa o indirectamente, con la operación de un vehículo por parte del asegurado, ya sea motorizado o no, después del consumo de bebidas alcohólicas o drogas intoxicantes que excedan el límite aplicable de alcohol en la sangre, y que no sean fármacos tomados según una receta y como lo indique un médico. Para los propósitos de esta exclusión, "vehículo" incluirá, pero no se limita a, dispositivos motorizados, independientemente de si se requiere o no una licencia de conductor u operador (incluidas embarcaciones y aeronaves) y bicicletas y scooters no motorizados para los que no se requiere permiso o licencia.
    6. Para viajes, comidas, transporte y/o alojamiento, excepto que se indique expresamente en este documento.
    7. Como resultado o relacionado, directa o indirectamente, con la participación del asegurado en deportes de contacto, a menos que el deporte de contacto se practique como deporte escolar y el asegurado esté cubierto por los planes indicados en la tabla de beneficios y límites.
    8. Como resultado o relacionado, directa o indirectamente, con la participación del asegurado en deporte amateur. Esta exclusión no aplica a:
      1. Deportes amateur practicados como deporte escolar si el asegurado está cubierto por los planes indicados en la tabla de beneficios y límites.
      2. Esquí recreativo alpino o de fondo sobre nieve, siempre y cuando dicha actividad no infrinja las leyes, reglas o regulaciones aplicables, se realice dentro de los límites preparados, señalizados y patrullados, y no sea realizado en contra de las recomendaciones de la escuela local de esquí o la autoridad local competente.
      3. Buceo recreativo o actividades subacuáticas a profundidades de menos de 10 metros (se aplican las exclusiones 14, 15, 16 y 17) siempre que el asegurado esté certificado por una agencia de certificación reconocida y/o esté acompañado por un instructor calificado.
    9. Derivado o relacionado, directa o indirectamente, de la participación del asegurado en atletismo profesional.
    10. Derivado o relacionado, directa o indirectamente, de la participación del asegurado en deportes extremos.
    11. Como resultado o relacionado, directa o indirectamente, con la participación del asegurado en deportes de aventura, excepto por lo siguiente:
      1. Esta exclusión no aplica al esquí alpino o de fondo recreativo ni al snowboarding, siempre que dicha actividad no infrinja ninguna ley, norma o reglamento aplicable, no se realice fuera de pistas preparadas, marcadas y patrulladas, ni vaya en contra de las recomendaciones de la escuela de esquí local o de la autoridad competente.
      2. Esta exclusión no aplica a las actividades de buceo recreativo o sub-acuza a profundidades de menos de 10 metros (las exclusiones 12, 13, 14, 15, 16 y 17 sí aplican).
    12. Que resulten o se relacionen, directa o indirectamente, con la participación del asegurado en cualquier deporte o actividad atlética o recreativa realizada contra el consejo o dirección de cualquier autoridad local o cualquier instructor calificado o en contra de las reglas, recomendaciones y procedimientos de un organismo rector reconocido para la actividad.
    13. Que resulten o se relacionen, directa o indirectamente, con la participación del asegurado en cualquier actividad realizada sin tener en cuenta o en contra de las recomendaciones de un médico u otro profesional de la salud.
    14. Que resulten o se relacionen, directa o indirectamente, de la participación de una persona asegurada en cualquier actividad de buceo o sub-acuza si, durante el periodo de doce meses inmediatamente anterior, el asegurado ha sido tratado como un paciente hospitalizado para cualquier trastorno de salud mental, está en el lista de espera o está programado para tratamiento hospitalario en un hospital o en cualquier otro centro médico, está embarazada o ha recibido un pronóstico terminal.
    15. Que resulten o se relacionen, directa o indirectamente, con la participación del asegurado en cualquier actividad atlética, incluidos, entre otros, los deportes de aventura, que impliquen cualquier tipo de competencia o récord o entrenamiento para los mismos.
    16. Que resulten o se relacionen, directa o indirectamente, con la participación de un asegurado en actividades de buceo o submarinas en las que se lleve o utilice un fusil de pesca submarina o un dispositivo similar.
    17. Resultante o relacionado, directa o indirectamente, con la participación de un asegurado en actividades de buceo o submarinas durante la noche.
  8. Exclusiones dentales
    1. Para tratamiento dental, salvo que se disponga expresamente en el plan.
    2. Como resultado o relacionado, directa o indirectamente, con el desgaste de los dientes debido a caries y/o al masticar o morder objetos duros como lápices, cubos de hielo, nueces, palomitas de maíz y caramelos duros, entre otros.
    3. Para el tratamiento de una lesión dental sin una lesión asociada en la cara, el cráneo, el cuello y/o la mandíbula o que se pueda evaluar y tratar en un consultorio dental.
    4. Para el tratamiento dental relacionado, directa o indirectamente, con el cuidado y el mantenimiento bucal, que incluyen, entre otros, reparación dental mediante empastes, endodoncias, extracción de dientes y radiografías.
  9. Exclusiones de responsabilidad civil
    1. La persona asegurada no tendrá beneficios ni coberturas, y los aseguradores no tendrán responsabilidad u obligación de ningún tipo para pagar o reembolsar al asegurado o cualquier tercero, por cualquier cargo, honorarios (incluidos los honorarios de abogados), costos, gastos, daños, pérdidas, juicios, reclamos u otras responsabilidades incurridas o recibidas por o consideradas contra la persona asegurada o cualquier tercera persona, si se relacionan directa o indirectamente con, que surjan de o en conexión con cualquiera de los siguientes actos, omisiones, eventos, condiciones, cargos, consecuencias, sucesos o circunstancias, todos los cuales están expresamente excluidos de la cobertura de este seguro y para los cuales los aseguradores no proporcionarán beneficios ni coberturas y no tendrán ninguna responsabilidad u obligación por los mismos, y los aseguradores no pagarán ni reembolsarán a la persona asegurada ni a ningún tercero por ningún reclamo de ningún tipo que surja directa o indirectamente de, que suceda por o como consecuencia de:
      1. Cualquier daño, pérdidas o reclamos causados total o parcialmente por el asegurado durante cualquier cacería o como consecuencia de la caza.
      2. Cualquier acto u omisión delictivo, fraudulento, engañoso, deliberado, imprudente, malicioso o ilegal cometido por la persona asegurada, o cualquier acto u omisión cometido por la persona asegurada en relación con la violación o incumplimiento de cualquier ley, estatuto, ordenanza, orden legal, normas o reglamentos a los que está sujeto o por los que está obligado el asegurado.
      3. Cualquier pérdida, daño o reclamo que surja o resulte del uso de armas de fuego, fuegos artificiales, explosivos, equipo de soldadura, tanques de propano u otros materiales inflamables, armas mortales o herramientas peligrosas.
      4. El ejercicio de cualquier actividad comercial, empresarial, profesional o laboral.
      5. Propiedad, posesión, control u ocupación de cualquier terreno o edificio.
      6. Propiedad, posesión, control o uso de cualquier automóvil, motocicleta, cuatrimoto, vehículo todoterreno, embarcación, aeronave, paracaídas, paravela, planeador o cualquier otro vehículo o embarcación que sea motorizado, inducido por gravedad o autopropulsado de cualquier tipo.
      7. Como resultado de cualquier incendio, inundación, viento, granizo, fuga de agua, fuga de gas, explosión u otra catástrofe o pérdida que ocurra en o alrededor de la residencia o domicilio de cualquier familiar, o dentro o cerca de la residencia o cualquier otro lugar del cual el asegurado es el propietario, arrendatario, invitado, licenciatario, ocupante o residente, o dentro o cerca de cualquier residencia o lugar contiguo o adyacente a cualquiera de las residencias o lugares anteriores.
      8. Las consecuencias de cualquier ruptura, violación o incumplimiento de cualquier compromiso u obligación contractual del asegurado, ya sea verbal o por escrito.
      9. Procedimientos penales o disciplinarios, cargos, arrestos, acusaciones o lectura de cargos de cualquier tipo.
      10. Hurto, vandalismo, robo, conversión, apropiación indebida, embriaguez pública, peleas o riñas, incendio provocado o cualquier actividad maliciosa o intencional que resulte en lesiones personales o destrucción de propiedad.
      11. Negligencia grave, fraude, mala fe, asalto y agresión, disputas domésticas y todos los demás agravios o acciones intencionales basadas en o que resuenen en agravio sin tener en cuenta cómo se nombre o se represente.
      12. Cualquier colusión, conspiración, engaño, o cualquier otro esquema o artificio fraudulento para defraudar u otros medios o métodos fraudulentos.
      13. Multas, sanciones, valoraciones o reclamos realizados por las autoridades gubernamentales u organismos reguladores, incluyendo multas o infracciones de tránsito o multas de estacionamiento, y los costos, honorarios o gastos incurridos por el asegurado en calidad de testigo, custodio o en cualquier otro estado que no sea parte en relación con la respuesta a cualquier orden de comparecencia ante el tribunal, citación, citatorio para la presentación de pruebas, notificación de deposición, o cualquier otro procedimiento o actividad legal o administrativa que no sea parte.
      14. Todos los daños no compensatorios, incluidos, entre otros, daños impuestos como castigo, daños punitivos, ejemplares o consecuentes, pérdida de ganancias, daños criminales, daños excesivos, daños por expectativa, daños incidentales, liquidados, presuntos, potenciales, especiales, especulativos, legales, dobles, triples o múltiples y/o daños no liquidados, y todos los reclamos y daños por dolor y sufrimiento, pérdida de consorcio, malestar físico, angustia mental o emocional, trauma, desfiguración, desmembramiento, pérdida de uso o cicatrices.
      15. Reclamos de indemnización laboral o de responsabilidad contractual o del empleador.
      16. Animales o mascotas pertenecientes al asegurado o cualquier familiar, o bajo el cuidado, custodia o control del asegurado o cualquier familiar.
      17. Actos cometidos intencionalmente, causados o provocados por el asegurado.
      18. Que surja u ocurra mientras la persona asegurada se encuentra, en cualquier medida, bajo la influencia del alcohol o drogas, o debido al uso de drogas, medicamentos recetados, narcóticos o tranquilizantes que no han sido recetados por un médico autorizado para el asegurado.
      19. Causado por el suicidio o intento de suicidio de la persona asegurada.
      20. La participación del asegurado en juegos de azar, juegos o apuestas de cualquier tipo.
      21. La participación del asegurado en peleas, riñas, actividad delictiva u otra actividad ilegal.
      22. Durante la práctica o participación en deportes, actividades recreativas o deportivas, ya sea como profesional, aficionado o novato, a menos que se realicen únicamente con fines recreativos o durante las actividades de la escuela secundaria o bachillerato.
      23. Deportes de contacto, deportes extremos, deportes de aventura, deportes escolares o deportes profesionales.
      24. Si ocurre cuando la persona asegurada es un pasajero en una aeronave que no es comercial.
      25. Guerra, hostilidades y operaciones bélicas.
      26. Efectos térmicos, mecánicos, radiactivos y otros derivados de cualquier modificación de la estructura atómica de la materia, la aceleración artificial de partículas atómicas, la radiación de radioisótopos o el uso de materiales nucleares o químicos.
      27. Sentencias o indemnizaciones por daños que no hayan sido ordenadas, declaradas o dictadas dentro de los doce (12) meses a partir de la fecha del acto, omisión, ocurrencia o evento que causó una lesión personal o daño a la propiedad, o dentro de los doce (12) meses a partir de la fecha de término de la cobertura del certificado, lo que ocurra primero.
      28. Cualquier demanda, reclamo de beneficios, acción de aplicación, queja u otro procedimiento civil o administrativo de cualquier tipo presentado por o a nombre del asegurado o cualquier tercero o familiar contra los aseguradores o el administrador del plan, incluyendo, sin limitación, cualquier demanda o procedimiento que alegue incumplimiento de contrato, mala fe o cualquier conducta tortuosa de cualquier tipo, que busque compensación equitativa o declaratoria, o que de otra manera busque la recuperación, aplicación o realización de cualquier beneficio o cobertura en virtud de este seguro.
      29. Cualquier pérdida, lesión personal, daño a la propiedad u otro reclamo que surja o resulte de cualquier acto, omisión, falta de acción, evento u otro suceso cometido o que ocurra en cualquier momento antes o después del periodo del certificado.
      30. Cualquier lesión personal, gasto médico, daño u otra pérdida sufrida por un familiar, excepto por daños a la propiedad personal de un familiar, que se limitará a un máximo de $2.500 y estará sujeto al deducible establecido en la tabla de beneficios y límites.
Importante: las exclusiones enumeradas anteriormente son una versión consolidada de las exclusiones del plan. Consulta el certificado del plan para ver la lista completa y las limitaciones del plan.

El reasegurador de este plan es HDI Global.


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