Universidad Iberoamericana Ciudad de México - Seguro de salud para estudiantes de intercambio
Como estudiante internacional en la Universidad Iberoamericana Ciudad de México, tener un seguro de salud es uno de los aspectos más importantes de tu estancia en el extranjero. Es por eso que el plan Student Health Advantage es una excelente opción de seguro de salud y de viaje para todos sus estudiantes internacionales ya que ofrece una cobertura amplia que cumple con sus requisitos.
Los estudiantes internacionales que estudian en la IBERO Ciudad de México, deberán comprar cobertura para todo el tiempo que estarán en el extranjero para estar protegidos en el caso de una enfermedad o lesión inesperada.
Beneficios destacados del plan ISI Advantage incluyen:
- $500,000 policy maximum
- $100 per injury/ illness deductible
- Co-pago de $5 en el Centro de Salud para Estudiantes
- 100% coaseguro dento de la red
- Tarjeta de descuento para medicamentos prescritos
- Salud mental
- Deportes organizados
- Fisioterapia
- Pre-existing after 12 months
- Encuentra un doctor u hospital - encuentra y localiza proveedores en línea.
- Ve el folleto del plan Patriot Travel - conoce los beneficios y cobertura del plan.
- Zona de Estudiantes - descarga tus documentos, formularios de reclamo, revisa su estado y más.
¿Necesitas tus documentos ahora? Si necesitas tus documentos de seguro de manera rápida, puedes comprar tu cobertura y recibir los documentos a tu correo electrónico en formato PDF inmediatamente. Solo tienes que descargar e imprimir estos documentos para tener prueba de tu cobertura.
ISI Advantage | Beneficios
El plan ISI Advantage está disponible en dos niveles: Standard y Platinum. Por favor, revisa la lista de beneficios que aparece a continuación para comparar los beneficios específicos para cada nivel del plan.
Standard | Platinum | |
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Máximo de por vida | ||
Estudiante | $500.000 | $1.000.000 |
Dependiente Cónyuge e hijo | $100.000 | $100.000 |
Máximo por enfermedad/lesión | ||
Estudiante | $300.000 | $500.000 |
Cada dependiente elegible Cónyuge e hijo | $100.000 | $100.000 |
Deducible | ||
Para tratamiento recibido fuera de EE. UU. | $100 por enfermedad o lesión. | $25 por enfermedad o lesión. |
Para tratamiento recibido dentro de EE. UU. | $100 por enfermedad o lesión. | Dentro de la red: $25 por enfermedad o lesión Fuera de la red: $50 por enfermedad o lesión. |
Centro de salud estudiantil | ||
Copago de $5 por visita si se recibió tratamiento en el centro de salud estudiantil (no sujeto a deducible). | ||
Coaseguro | ||
Para tratamiento recibido fuera de EE. UU. | Después del deducible, el plan paga 100% de los gastos elegibles hasta el límite máximo. | |
Para tratamiento recibido dentro de EE. UU. |
Dentro de la red de proveedores o en el centro de salud estudiantil: Después del deducible, el plan paga 100% de los gastos elegibles hasta el límite máximo. Fuera de la red de proveedores:Después del deducible, el plan paga 80% de los gastos elegibles hasta $5.000, después 100% hasta el límite máximo. |
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Servicios para pacientes hospitalizados y ambulatorios
Sujeto a deducible y coaseguro a menos que se indique lo contrario. Los gastos médicos elegibles están limitados a los cargos normales, razonables y usuales. Los límites son por periodo de cobertura a menos que se indique como límite máximo. |
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Gastos médicos elegibles | Hasta el límite máximo. | |
Visitas al médico/servicios médicos |
Hasta el límite máximo.
1 visita por día La cirugía no está sujeta al límite máximo de visitas. |
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Sala de emergencias |
Hasta el límite máximo. Enfermedad: sujeto a un deducible de $250 por cada visita a la sala de emergencias por tratamiento que no resulte en hospitalización directa. Lesión: no sujeto al deducible de la sala de emergencias. |
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Hospitalización/habitación y comida en el hospital | Tarifa promedio de una habitación semi-privada hasta el límite máximo. Incluye los servicios de enfermería, servicios diversos y auxiliares. | |
Unidad de cuidados intensivos | Hasta el límite máximo. | |
Centro quirúrgico/hospitalario para paciente ambulatorio | Hasta el límite máximo. | |
Laboratorio | Hasta el límite máximo. | |
Radiología/rayos X | Hasta el límite máximo. | |
Quimioterapia/radioterapia | Hasta el límite máximo. | |
Exámenes prequirúrgicos | Hasta el límite máximo. | |
Cirugía | Hasta el límite máximo. | |
Cirugía reconstructiva La cirugía está relacionada y es posterior a una cirugía cubierta por el plan. | Hasta el límite máximo. | |
Cirujano asistente | 20% de los honorarios elegibles del cirujano principal. | |
Anestesia | Hasta el límite máximo. | |
Equipo médico duradero | Hasta el límite máximo. Cama de hospital básica estándar y/o silla de ruedas básica estándar. | |
Atención quiropráctica | Hasta el límite máximo. Se requiere una orden médica o un plan de tratamiento. | |
Fisioterapia |
Hasta el límite máximo.
Se requiere una orden médica o un plan de tratamiento. 1 visita por día. |
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Enfermedades preexistentes | Gastos elegibles cubiertos después de 12 meses de cobertura continua | Gastos elegibles cubiertos después de 6 meses de cobertura continua |
Maternidad Cuidados prenatales, parto de un recién nacido y cuidados posnatales de una persona asegurada, incluidas las complicaciones | Sin cobertura. |
En los EE. UU.: Dentro de la red: 80% hasta $5.000. Fuera de la red: 60% hasta $5.000. Fuera de los EE. UU.: 100% hasta $5.000 |
Cuidado rutinario del recién nacido | Sin cobertura. | Incluido en el beneficio de maternidad durante los primeros 31 días de vida. |
Centro de cuidados prolongados | Hasta el límite máximo. Tras la transferencia directa de un centro de cuidados críticos. | |
Cuidados de enfermería en el hogar |
Hasta el límite máximo.
Proporcionada por una agencia de atención médica domiciliaria. Tras la transferencia directa de un centro de cuidados críticos. |
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Cobertura para COVID-19 | COVID-19/SARS-CoV-2 se considerará igual que cualquier otra enfermedad o lesión, sujeto a todos los demás términos y condiciones. | |
Medicamentos prescritos |
Límite del periodo de cobertura: Persona asegurada principal: máximo de $250.000 Cónyuge e hijo: máximo de $100.000 Cirugía para pacientes hospitalizados y ambulatorios, salas de emergencia y visitas al consultorio para pacientes ambulatorios y medicamentos y fármacos prescritos: hasta el límite del periodo de cobertura. Medicamentos y fármacos prescritos en farmacias minoristas: cobertura del 50%, suministro máximo de 90 días. |
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Condiciones mentales o nerviosas/abuso de sustancias |
Paciente hospitalizado: máximo de $10.000. Paciente ambulatorio: límite de $50 por día, límite máximo de $500. No está cubierto si ocurre en un centro de salud estudiantil. |
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Servicios de emergencia
NO sujetos a deducible y coaseguro a menos que se indique lo contrario. Los gastos médicos elegibles están limitados a los cargos normales, razonables y usuales. Los límites son por periodo de cobertura a menos que se indique como límite máximo. |
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Ambulancia local de emergencia |
Por lesión: $350 Por enfermedad que resulte en hospitalización: $350 |
Por lesión: $750 Por enfermedad que resulte en hospitalización: $750 |
Evacuación médica de emergencia | Máximo de por vida de $500.000 Debe ser aprobado y coordinado previamente por la compañía. | |
Reunión de emergencia |
Máximo de por vida de $50.000. Máximo de 15 días, máximo $25 para comidas por día. Debe ser aprobado y coordinado previamente por la compañía. |
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Traslado interhospitalario en ambulancia |
Hasta el límite máximo.
El traslado debe ser el resultado de una hospitalización. Servicios prestados en los EE. UU. |
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Evacuación política y repatriación | Límite máximo de por vida de $10.000. Debe ser aprobado previamente por la compañía. | |
Repatriación de restos mortales |
Límite máximo de por vida de $50.000 Cremación/entierro local: máximo de $5.000. Debe ser aprobado previamente por la compañía. |
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Repatriación para Tratamiento Médico | Límite máximo de $100,000 | |
Otros servicios
Sujeto a deducible y coaseguro a menos que se indique lo contrario. Los gastos médicos elegibles están limitados a los cargos normales, razonables y usuales. Los límites son por periodo de cobertura a menos que se indique como límite máximo. |
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Muerte y desmembramiento accidental La muerte debe ocurrir dentro de los 90 días posteriores al accidente. |
Suma principal:
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Tratamiento odontológico |
Tratamiento debido a dolor inesperado en los dientes naturales sanos: máximo de $350.
Tratamiento de no emergencia debido a un accidente: máximo de $500. |
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Lesión odontológica traumática | Hasta el límite máximo. El tratamiento adicional por la misma lesión brindado por un proveedor dental se pagará al 100%. Sujeto a deducible y coaseguro. | |
Viaje incidental | Hasta 14 días máximo El país de residencia del asegurado no es Estados Unidos. | |
Deportes interuniversitarios, intramuros, interescolares o de club | $5.000 por lesión o enfermedad. | |
Responsabilidad civil Secundario a cualquier otro seguro |
Límite máximo combinado de $10.000. Lesión a una tercera persona: deducible de $100 por lesión. Daño a la propiedad de una tercera persona: deducible de $100 por daño. No hay cobertura por lesiones a un tercero relacionado o daños a la propiedad de un tercero relacionado. |
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Terrorismo | Límite máximo de por vida de $50.000 No sujeto a deducible o coaseguro. |
Beneficios adicionales opcionales
Deportes de aventura (Disponible para asegurados menores de 64 años) | |
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Ciertas actividades designadas como deportes de aventura pueden cubrirse hasta los máximos mencionados a continuación si se compra el beneficio adicional opcional. Ciertas actividades nunca serán cubiertas, independientemente de si se compra el beneficio adicional opcional de deportes de aventura. Para obtener una lista de las actividades consideradas como deportes de aventura, contáctanos aquí. | |
Edad | Máximo de por vida |
0–49 | $50.000 |
50–59 | $30.000 |
60–64 | $15.000 |
Este sitio web contiene solo una descripción resumida y consolidada de todos los beneficios, condiciones, limitaciones y exclusiones actuales del plan ISI Advantage. En el kit de compra se incluirá un certificado que contiene la descripción completa del certificado con todos los términos, condiciones y exclusiones. IMG se reserva el derecho de emitir el certificado más actual para este plan de seguro en caso de que esta solicitud y/o folleto haya vencido, se modifique o se reemplace por una versión más reciente. Consulta el certificado del plan ( Standard | Platinum ) para conocer todos los beneficios y limitaciones del plan.
ISI Advantage | Exclusiones
Los cargos para los siguientes servicios, tratamientos y/o condiciones quedan excluidos de la cobertura en el plan ISI Advantage.
- Sanciones económicas.
- Guerra; acción militar.
- Terrorismo.
- Condiciones preexistentes: los cargos que resulten directa o indirectamente de, o estén relacionados con cualquier condición preexistente (ya sea física o mental, independientemente de la causa de la condición) están excluidos de la cobertura de este seguro hasta que la persona asegurada haya mantenido cobertura con este plan de seguro de forma continua durante al menos doce (12) meses en el nivel Standard o por al menos seis (6) meses en el nivel Platinum.
-
Atención a la maternidad y al recién nacido:
- Plan Standard — Quedan excluidos de este seguro todos los cargos por atención prenatal, parto, atención postnatal y atención de Recién Nacidos, incluidas las complicaciones del Embarazo, aborto espontáneo, complicaciones del parto y/o de Recién Nacidos, el Embarazo sea resultado de fecundación in vitro (FIV), inseminación artificial o la concepción haya sido resultado directo de Tratamiento de infertilidad recibido por la Persona Asegurada, el Cónyuge de la Persona Asegurada o el padre del Recién Nacido.
-
Plan Platinum — Quedan excluidos de este seguro los gastos de atención prenatal, parto, atención postnatal y atención al Recién Nacido:
- cuando la concepción se haya producido antes de la Fecha Efectiva de Cobertura; y/o
- el Embarazo no es el resultado de una Inseminación Natural
- el Embarazo es resultado de fecundación in vitro (FIV), inseminación artificial o Tratamiento de infertilidad por la Persona Asegurada, Cónyuge de la Persona Asegurada o el padre del Recién Nacido
- Atención preventiva: los cargos por exámenes físicos de rutina y vacunas están excluidos de la cobertura de este seguro.
-
Cargos por cualquier tratamiento o suministros que sean:
- no incurrido, obtenido o recibido por una persona asegurada durante el periodo de cobertura.
- no presentado a la compañía para el pago mediante una prueba completa de reclamo dentro de los ciento ochenta (180) días a partir de la fecha en que se incurra en dichos cargos.
- no administrado u ordenado por un médico.
- no es médicamente necesario para el diagnóstico, la atención o el tratamiento de la condición física o mental involucrada. Esto también se aplica cuando y si son recetados, recomendados o aprobados por el médico tratante.
- proporcionados sin costo para la persona asegurada o por los cuales la persona asegurada no es responsable de otra manera.
- por encima de lo normal, razonable y usual.
- relacionado con los cuidados paliativos.
- incurrido por una persona asegurada que era VIH + en o antes de la fecha de inicio de este seguro, ya sea que la persona asegurada tuviera o no conocimiento de su estado serológico antes de la fecha de inicio y que los cargos sean o no incurridos en relación con o como resultado de dicho estado. Esta exclusión incluye cargos por cualquier tratamiento o suministros relacionados o que surjan o resulten directa o indirectamente del VIH, virus del sida, enfermedades relacionadas con el sida, síndrome ARC, sida y/o cualquier otra enfermedad que surja o resulte de cualquier complicación o consecuencia de cualquiera de las condiciones anteriores.
- proporcionado por o bajo la dirección o recomendación de un quiropráctico, a menos que un médico lo ordene con anticipación.
- realizado o proporcionado por un familiar de la persona asegurada.
- no incluido expresamente en la disposición “Gastos médicos elegibles”.
- proporcionado por una persona que reside o ha residido con la persona asegurada o en el domicilio de la persona asegurada.
- requerido o recomendado como resultado de complicaciones o consecuencias que surjan o estén relacionadas con cualquier tratamiento, enfermedad, lesión o suministro excluido de la cobertura o que de otra manera no esté cubierto por este seguro.
- para los trastornos congénitos y las condiciones que surjan o resulten de los mismos.
- Cargos incurridos por no asistir a una cita programada.
- Las consultas de telemedicina a través de un sistema de protocolo de telemedicina establecido se considerarán individualmente según la necesidad médica y la pertinencia según lo determine la compañía de acuerdo al plan.
- Cargos incurridos por cirugías, tratamientos o suministros que sean con fines de investigación, experimentales o para realizar estudios.
- Cargos incurridos relacionados con medicina genética, pruebas genéticas, pruebas de vigilancia y/o procedimientos de detección preventiva para condiciones genéticamente predispuestas indicadas por medicina genética o pruebas genéticas, que incluyen, entre otros, amniocentesis, detección genética, evaluación de riesgos, cirugías preventivas y profilácticas recomendadas después de realizar pruebas genéticas y/o cualquier procedimiento utilizado para determinar la predisposición genética, proporcionar asesoramiento genético o administración de terapia génica.
- Cargos incurridos por pruebas que intentan medir aspectos de la capacidad mental, inteligencia, aptitud, personalidad y manejo del estrés de una persona asegurada. Estas pruebas pueden incluir, entre otras, pruebas psicométricas, conductuales y educativas.
- Cargos incurridos por cuidado asistencial.
- Cargos incurridos por atención educativa o de rehabilitación que se relacionen específicamente con la capacitación o reentrenamiento de una persona asegurada para que funcione de manera normal o casi normal. Dicha atención puede incluir, entre otros, capacitación laboral o vocacional, asesoramiento, terapia ocupacional y terapia del habla.
- Cargos por modificación de peso o cualquier tratamiento de la obesidad para pacientes hospitalizados, ambulatorios, quirúrgicos u otros (incluida, entre otros, la obesidad mórbida), incluido, entre otros, alambrado de los dientes y todas las formas o procedimientos de cirugía bariátrica por cualquier nombre que se le llame, o su reversión, incluidos, entre otros, bypass intestinal, bypass gástrico, banda gástrica, gastroplastia vertical con banda, derivación biliopancreática, cruce duodenal o reducción o grapado estomacal.
- Cargos por modificación del cuerpo físico con el fin de cambiar o mejorar o intentar cambiar o mejorar la apariencia física o el bienestar psicológico, mental o emocional de la persona asegurada (como, entre otros, cirugía de cambio de sexo o cirugía relacionada con el desempeño sexual o la mejora del mismo).
- Cargos o tratamiento por razones cosméticas o estéticas, excepto por cirugía reconstructiva cuando dicha cirugía es médicamente necesaria y está directamente relacionada con y le sigue a una cirugía cubierta por este seguro.
- Cirugía o tratamiento electivos de cualquier tipo.
- Cargos incurridos por cualquier tratamiento o suministro que promueva o prevenga o intente promover o prevenir la concepción, la inseminación (natural o de otro tipo) o el nacimiento, incluyendo pero no limitado a: inseminación artificial, anticonceptivos orales, tratamiento para la infertilidad o la impotencia, vasectomía, reversión de la vasectomía, esterilización, reversión de la esterilización, subrogación o aborto.
- Cargos incurridos por cualquier tratamiento o suministro que promueva, mejore o corrija o intente promover, mejorar o corregir la impotencia o disfunción sexual.
- Cualquier lesión o enfermedad sufrida mientras se participa, practica o entrena en: atletismo aficionado, actividades atléticas a nivel profesional, o actividades deportivas que estén patrocinadas por cualquier organismo o autoridad directivos, incluyendo la Asociación Nacional de Atletismo Colegiado (National Collegiate Athletic Association), cualquier otro organismo colegiado regulador o directivo o el Comité Olímpico Internacional.
- Cualquier enfermedad o lesión sufrida mientras se participa en actividades designadas como deportes de aventura, que se limitan a lo siguiente: descenso en rapel, bicicrós (BMX), carreras en trineo, puenting, descenso de barrancos, espeleísmo, viaje en globo aerostático, tirolesa en la selva, paracaidismo, parapente, paravelismo, descenso con cuerdas, caída libre, espeleología, kayak o descenso de rápidos con dificultad menor que la de clase V, parque safari y surf con vela.
- Cualquier Enfermedad o Lesión sufrida durante la participación en actividades designadas como Deportes Extremos, que incluyen pero no se limitan en modo alguno a las siguientes (e incluyen cualquier combinación o derivado de las siguientes): Salto BASE; caza mayor; buceo en cuevas; clavados en acantilados; descenso en bicicleta de montaña y carreras; esquí extremo; apnea; vuelo libre; carrera libre; esquí libre; patinaje de estilo libre; vuelo sin motor; heliesquí; canotaje sobre hielo; escalada en hielo; kitesurf; artes marciales mixtas; motocross; carreras de motocicletas; rally automovilístico; alpinismo por encima de una altitud de 4500 metros desde el nivel del suelo; parkour; pilotaje de aeronaves comerciales o no comerciales; powerbocking; buceo o actividades subacuáticas por debajo de una profundidad de 40 metros; carreras de motos de nieve; carreras de camiones; canotaje en aguas bravas o rafting en aguas bravas de clase VI y dificultad superior; y vuelo con traje de alas.
- Cualquier lesión o enfermedad incurrida al participar en esquí sobre nieve, surf de nieve o esquí con moto de nieve si la persona asegurada infringe las leyes, reglas o regulaciones correspondientes de un centro de esquí, que incurran estando fuera de los límites o en áreas no marcadas o sin vigilancia.
- Cualquier lesión o enfermedad incurrida al participar en esquí de travesía.
- Cualquier lesión o enfermedad incurrida al participar en esquí fuera de pista.
- Cualquier lesión o enfermedad incurrida al participar en actividades atléticas o recreativas donde la persona asegurada no es apta físicamente o médicamente o no cuenta con las aptitudes necesarias para participar en dichas actividades.
- Cualquier lesión o enfermedad incurrida al participar en deportes de colisión.
- Cualquier lesión o enfermedad incurrida durante la participación en cualquier actividad deportiva, recreativa o de aventura cuando esta se realiza en contra de la advertencia o dirección de cualquier autoridad local o instructor calificado o en contra de las reglas, recomendaciones y procedimientos de un organismo directivo reconocido para dicho deporte o actividad.
- Cualquier enfermedad o lesión sufrida durante la participación en cualquier actividad que se realice sin tener en cuenta o en contra de las recomendaciones, los programas de tratamiento o el consejo médico de un doctor u otro proveedor de atención médica.
- Las lesiones y/o enfermedades que resulten o surjan por encontrarse bajo la influencia total o parcial de alcohol, licor, sustancias tóxicas, narcóticos o drogas diferentes a las tomadas conforme al tratamiento prescrito y monitoreado por un médico pero no para el tratamiento del abuso de sustancias.
- Cualquier lesión o enfermedad sufrida durante la conducción de un vehículo en movimiento después del consumo de bebidas alcohólicas o drogas intoxicantes que excedan el límite legal aplicable de alcohol en la sangre, que no sean drogas tomadas de acuerdo con el tratamiento recetado e indicado por un médico. Para los fines de esta exclusión, "vehículo" incluirá dispositivos motorizados independientemente de si se requiere o no una licencia de conductor u operador (incluidas embarcaciones y aeronaves) y bicicletas y scooters no motorizados para los que no se requiere permiso o licencia.
- Lesiones o enfermedades intencionalmente autoinfligidas.
- Cualquier enfermedad venérea o de transmisión sexual.
- Cualquier prueba que no sea médicamente necesaria para: VIH, seropositividad del virus del sida, enfermedades relacionadas con el sida, síndrome de CRS, sida.
- Lesiones y/o enfermedades provocadas o que surjan u ocurran durante la comisión de una violación de la ley por parte de la persona asegurada, incluyendo sin limitación, la participación en una ocupación o acto ilegal, pero excluyendo infracciones de tránsito menores.
- Biorretroalimentación, acupuntura, terapia musical, ocupacional, recreativa, del sueño, del habla o vocacional.
- Ortóptica, terapia visual o entrenamiento visual del ojo.
- Cualquier enfermedad o tratamiento no quirúrgico de los pies, incluyendo, sin limitación: zapatos ortopédicos, aparatos ortopédicos prescritos para sujetarlos o colocarlos en los zapatos; tratamiento para los pies débiles, tensos, planos, inestables o desequilibrados, metatarsalgia, espolón óseo, dedos en martillo o juanetes; y cualquier tratamiento o suministros para callos, callosidades o uñas del pie; salvo que se establezca expresamente lo contrario.
- Pérdida de cabello, incluidas, entre otras, pelucas, trasplantes de cabello o cualquier medicamento que prometa promover el crecimiento del cabello, ya sea recetado o no por un médico.
- Cualquier desorden de sueño, incluyendo pero no limitado a la apnea del sueño.
- Cualquier programa o aparato de ejercicio y/o acondicionamiento físico, ya sea prescrito o recomendado por un médico o no.
- Cualquier exposición a cualquier radiación nuclear o atómica no médica y/o material(es) radiactivo(s).
- Cualquier órgano o tejido u otro trasplante o servicios, tratamientos o suministros relacionados.
- Cualquier dispositivo artificial o mecánico diseñado para reemplazar órganos humanos de manera temporal o permanente después de que el paciente deja de estar hospitalizado.
- Cualquier esfuerzo para mantener vivo a un donante para un procedimiento de trasplante.
- Cualquier enfermedad o lesión incurrida en el país de destino, área afectada o país de residencia como resultado de una emergencia de salud pública de importancia internacional, epidemia, pandemia, otro brote de enfermedad o desastre natural, que pueda afectar la salud de la persona asegurada, a menos que la cobertura se proporcione expresamente en virtud de la disposición de “Emergencia de salud pública” de este seguro. Esta exclusión NO se aplica a los cargos resultantes de COVID-19/SARS-CoV-2.
- Cargos incurridos por anteojos, lentes de contacto, aparatos o implantes auditivos o cargos por cualquier tratamiento, suministro, exámenes o colocación de cualquiera de estos aparatos, o por refracción ocular por cualquier motivo.
- Cargos incurridos por cirugía ocular, como, entre otros, queratotomía radial, cuando el propósito principal es corregir o intentar corregir la miopía, hipermetropía o astigmatismo.
- Cargos incurridos por tratamiento o suministros para la articulación temporomandibular incluyendo, pero no limitado al síndrome de la articulación temporomandibular, síndrome craneomandibular, dolor crónico de la articulación temporomandibular, cirugía ortognática, cirugía de Le-Fort o férulas.
- Cargos incurridos en el país de residencia de la persona asegurada, salvo que se disponga expresamente lo contrario en este seguro.
- Los cargos incurridos por cualquier viaje, comidas, transporte y/o alojamiento, a menos que esté expresamente cubierto en este seguro.
- Cargos o gastos incurridos por medicamentos sin receta, medicinas, vitaminas, extractos alimenticios o suplementos nutricionales; vitaminas intravenosas o terapia herbal; fármacos o medicamentos no aprobados por la Administración de Medicamentos y Alimentos (FDA, por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos o el uso de medicamentos que se consideran no aprobados para otros usos, y para fármacos o medicamentos no prescritos por un médico.
- Cualquier tratamiento para una enfermedad o lesión que requiera un producto médico, servicios, cirugía, procedimiento quirúrgico, medicamento recetado, fármaco, producto biológico, equipo médico duradero (DME, por sus siglas en inglés) o dispositivo no aprobado por la Administración de Alimentos y Medicamentos de los EE. UU. (FDA, por sus siglas en inglés) cuando una autorización de uso de emergencia (EUA, por sus siglas en inglés) entra en vigor y fue emitida por la Administración de Alimentos y Medicamentos de los EE. UU.
- Cargos y todos los costos relacionados con o que surjan de o en conexión con todos los viajes al país de destino realizados con el propósito de obtener tratamiento o suministros médicos.
- Cargos incurridos por tratamiento dental, excepto según lo previsto específicamente en el presente.
- Desgaste y ruptura de los dientes causados por caries y masticar o morder objetos duros, tales como, pero no limitados a lápices, cubos de hielo, nueces, palomitas de maíz y caramelos macizos.
- Lesiones dentales sin una lesión asociada al rostro, cráneo, cuello y/o mandíbula o que se puedan evaluar y tratar en un consultorio dental.
- Tratamiento dental para servicios que proveen mantenimiento del cuidado bucal, incluyendo reparación de empastes dentales, endodoncias, extracciones dentales y rayos X.
- Cargos por el tratamiento de una enfermedad o lesión para la cual el pago se realice o pueda realizarse mediante una ley de compensación al trabajador u otra ley similar.
- Cargos incurridos por terapia de masaje.
- Cargos incurridos en un hospital o centro cuando la persona asegurada abandona el hospital en contra de la recomendación médica de su doctor y se va antes de alcanzar un punto final especificado y médicamente necesario del tratamiento.
- Cargos incurridos por el empeoramiento de una enfermedad o lesión después de que la persona asegurada abandonó un hospital o centro en contra de una recomendación médica o fue dada de alta en contra de una recomendación médica.
- Cargos incurridos por honorarios legales de responsabilidad civil o gastos de bolsillo asociados y/o relacionados con la determinación y/o liquidación de una responsabilidad legal.
-
Muerte accidental o desmembramiento cuando la muerte o desmembramiento de la persona asegurada es causada directa o indirectamente por, resulta de, o donde hay una contribución de cualquiera de los siguientes:
- debilidad física o mental, enfermedad o dolencia.
- infección, que no sea una infección que ocurra simultáneamente con la lesión accidental y como resultado directo de ella.
- Los gastos y comisiones bancarias en que incurra el Asegurado.
Importante: este es un resumen de las exclusiones del plan. Para obtener una lista más completa de las exclusiones, consulta los certificados del plan. (Standard | Platinum)
ISI Advantage | Precios
El plan ISI Advantage proporciona cobertura a estudiantes internacionales, así como a sus dependientes, en todo el mundo fuera de su país de residencia. El plan tiene dos niveles para elegir: Standard y Platinum, que ofrecen cobertura:
- En todo el mundo incluyendo EE. UU.: para estudiantes internacionales que necesitan cobertura en EE. UU.
- En todo el mundo excluyendo EE. UU.: para estudiantes internacionales en todo el mundo.
Las tarifas mostradas a continuación son mensuales y están expresadas en USD. Al adquirir el plan, puede pagar el total de días que necesite cobertura, o puede optar por pagar mensualmente. La cobertura puede adquirirse desde 30 días hasta 365 días. Tenga en cuenta que hay una tasa administrativa del 4% añadida a las tarifas indicadas a continuación si elige pagar con la opción de pago mensual.
Tarifas del Plan Standard
Cobertura excluyendo EE. UU.
Edad | Estudiante | Cónyuge | Hijo dependiente |
---|---|---|---|
Menor de 19 | $56 | $329 | $68 |
19–23 | $63 | $329 | $68 |
24–30 | $83 | $359 | $68 |
31–40 | $126 | $479 | $68 |
41–50 | $204 | $491 | $68 |
51–64 | $272 | $479 | $68 |
Cobertura incluyendo EE. UU.
Edad | Estudiante | Cónyuge | Hijo dependiente |
---|---|---|---|
Menor de 19 | $72 | $377 | $90 |
19–23 | $94 | $377 | $90 |
24–30 | $110 | $418 | $90 |
31–40 | $198 | $557 | $90 |
41–50 | $321 | $575 | $90 |
51–64 | $429 | $557 | $90 |
Tarifas del Plan Platinum
Cobertura excluyendo EE. UU.
Edad | Estudiante | Cónyuge | Hijo dependiente |
---|---|---|---|
Menor de 19 | $173 | $1.017 | $187 |
19–23 | $191 | $1.017 | $187 |
24–30 | $251 | $1.112 | $187 |
31–40 | $275 | $1.482 | $187 |
41–50 | $619 | $1.522 | $187 |
51–64 | $820 | $1.482 | $187 |
Cobertura incluyendo EE. UU.
Edad | Estudiante | Cónyuge | Hijo dependiente |
---|---|---|---|
Menor de 19 | $219 | $1.169 | $248 |
19–23 | $288 | $1.169 | $248 |
24–30 | $333 | $1.291 | $248 |
31–40 | $597 | $1.719 | $248 |
41–50 | $976 | $1.777 | $248 |
51–64 | $1.303 | $1.719 | $248 |